El protocolo pretende establecer unos estatutos a la hora de celebrar un minuto de silencio en la Monumental de las Ventas, que tendrán en cuenta entre otras cosas la relación con la plaza, con la tauromaquia y con el mundo del toreo a la hora de guardar esta señal de respeto y adaptarlo a la importancia del coso madrileño. Este protocolo ha sido firmado por el Centro de Asuntos Taurinos para la Comunidad de Madrid, el colectivo de presidentes de la Plaza de las Ventas y la empresa gestora Taurodelta.
Protocolo para la autorización de minutos de silencio en la Plaza de Las Ventas
Ante la incertidumbre y falta de homologación de criterios respecto a la autorización de minutos de silencio en la Plaza de Toros de Las Ventas, ante la proliferación de solicitudes en este sentido y ante las polémicas surgidas en los últimos tiempos respecto a la idoneidad de algunos de los minutos de silencio autorizados o denegados, las partes involucradas deciden establecer las siguientes consideraciones:
• El minuto de silencio en la Plaza de Las Ventas debe corresponder en su significado con la categorÃa, la historia y el simbolismo de esta plaza en el entorno internacional taurino. También, con la positiva repercusión mediática y de opinión pública que tenga su realización.
• Se deben considerar como hechos relevantes a efectos de autorizar un minuto de silencio los siguientes:
o Fallecimiento de toreros en activo y como consecuencia del ejercicio de su profesión.
o Fallecimiento de destacados toreros, ganaderos y empresarios que hayan mantenido una estrecha e importante relación con la Plaza de Madrid.
o Fallecimiento de personajes públicos de gran relevancia social que hayan destacado por su valoración positiva de la Tauromaquia.
o Aniversarios de la muerte de mitos de la Tauromaquia, siempre que el dÃa coincida con espectáculo programado.
o Sucesos de gran repercusión en la sociedad española, que motiven una amplia reacción internacional, ocurridos tanto en nuestro paÃs como fuera de él.
• Todos los hechos no incluidos en los puntos anteriores no serán tenidos en cuenta como susceptibles de ser rememorados en público en la Plaza de Madrid.
• La propuesta de realización del minuto de silencio podrá partir únicamente de: la empresa de la Plaza de Toros, el presidente del festejo o el Centro de Asuntos Taurinos. Las peticiones que se realicen por cualquier colectivo (asociaciones de aficionados, de empresarios de profesionales taurinos…) deberán canalizarse a través de una de las tres partes con capacidad para efectuarlo si asà lo considera conveniente.
• La autorización del minuto de silencio dependerá en última instancia del presidente del festejo, previa consulta con el representantes de la propietaria del inmueble (Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid) y de la empresa gestora de la plaza.
• El presidente del festejo será el encargado de trasladar a los actuantes la circunstancia del minuto de silencio y deberá autorizar el contenido de lo que vaya a comunicarse por megafonÃa a los espectadores, cuyo detalle deberá ser conformado previamente por las tres partes.
Madrid, 4 de julio de 2016
Imagen:Â Mundotoro