El TSJ de la Comunidad Valenciana señala que el Ayuntamiento de Villena ha invadido competencias que corresponden al Estado al denegar la celebración de espectáculos taurinos y que no puede cuestionar los rasgos jurÃdicos que definen la tauromaquia como bien de interés cultural.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sentencia que el Ayuntamiento de Villena (Alicante) no tiene competencia para denegar la celebración de una corrida de toros y le condena a las costas causadas.
La Fundación del Toro de Lidia (FTL) en representación de la Peña Cultural Taurina Villenense, recurrió ante el TSJ de la Comunidad Valenciana la Sentencia que desestimaba el recurso que se interpuso tras haberse denegado, por parte del Ayuntamiento, la organización de una corrida de toros a favor del asilo de ancianos de la localidad alicantina.
La Comisión de Cultura del Ayuntamiento de Villena se opuso a la solicitud de la organización de la corrida de toros “por cuanto que los espectáculos taurinos tienen connotaciones negativas y no conviene asociarlo al municipioâ€.
En este sentido, el Tribunal ha señalado que “es evidente que la apelación debe ser estimada pues se evidencia que los motivos por los que se deniega la organización de la corrida de toros son contrarios a derecho por falta de motivación, basándose en opiniones subjetivas de los miembros de la Comisión de Cultura, que evidencian su contrariedad a tales espectáculos y ponen de manifiesto la arbitrariedad de la resolución recurridaâ€.
Asimismo, el TSJ de la Comunidad Valenciana recalca al dirigirse al Ayuntamiento de Villena en la Sentencia que “la prohibición de espectáculos taurinos es competencia estatal, cuestión que no se discuteâ€.
Por tanto, la sentencia del Tribunal considera que el Ayuntamiento de Villena carece de competencia para autorizar o denegar la celebración de espectáculos taurinos y para cuestionar los rasgos jurÃdicos que definen la tauromaquia como bien de interés cultural.
De esta manera, la Fundación del Toro de Lidia continúa haciendo frente al sectarismo de algunos poderes públicos capaces de anteponer su ideologÃa frente a la Ley, la Constitución y los pronunciamientos judiciales.